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Reclamación Plusvalía Municipal

¿Has pagado la Plusvalía Municipal? Reclame con nosotros las cantidades por Impuesto de Plusvalía Municipal abonadas indebidamente cuanto antes.

RECLAMAR LA PLUSVALÍA MUNICIPAL

Reclamación Plusvalía Municipal¿HAS PAGADO LA PLUSVALÍA MUNICIPAL? ¿ES USTED UNO DE LOS AFECTADOS POR ESTE IMPUESTO?

Si has transmitido una propiedad, ya sea con pérdidas o con ganancia, mediante compraventa, donación o herencia, y has pagado el Impuesto sobre el Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, comúnmente conocido como Plusvalía Municipal, podemos reclamar su devolución junto con intereses.

En CE Consulting tramitamos la devolución de la Plusvalía Municipal en virtud de la declaración de inconstitucionalidad por parte del Tribunal Constitucional de varios de los preceptos normativos que regulan el Impuesto.

El Tribunal Constitucional ha declarado nulos no sólo los artículos 107.1 y 107.2.a) del Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, artículos que regulan la base imponible del impuesto en la transmisión de terrenos, sino que además el artículo 110.4 del mismo Texto refundido que establece que los Ayuntamientos no tienen por qué aceptar autoliquidaciones con valores o bases diferentes de las resultantes de las normas reguladoras del impuesto.

Te ofrecemos un estudio del expediente sin compromiso en cualquiera de nuestras oficinas. Visítanos y valoraremos tu caso personal.

¿Qué plazos hay para solicitar la devolución?

Con carácter general, si el contribuyente hubiera abonado el impuesto dentro del periodo voluntario de pago, el plazo para solicitar la devolución de la cuota pagada de la Plusvalía Municipal sería de 4 años.

¿A quién se le reclama ?

La reclamación de la Plusvalía Municipal se interpone frente al Ayuntamiento que emitió la Liquidación de la Plusvalía Municipal. Para presentar la reclamación es necesario haber abonado el Impuesto previamente.

¿Qué documentación necesito para reclamar la plusvalía?

  • Copias de las escrituras de compraventa, donación o herencia que hayan producido el devengo de la Plusvalía Municipal.
  • Copia de la liquidación o autoliquidación remitida por la Administración Local correspondiente.
  • Copia de la carta o justificante de pago de la Liquidación del Impuesto.

Ofrecemos asesoramiento integral a nuestros clientes, desde la primera reclamación al Ayuntamiento hasta el final del procedimiento judicial si fuese necesario.

Reclame con nosotros las cantidades por Impuesto de Plusvalía Municipal abonadas indebidamente cuanto antes.

¿En qué podemos ayudarte?

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